Consultoría especializada en Proteccion de Datos

Como sabes, la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) obliga, a todas aquellas personas y empresas que obtienen, tratan y almacenan datos de carácter personal, a realizar una serie de procedimientos para garantizar la seguridad e integridad de los mismos. Si, en tu actividad profesional, manejas datos personales de terceros (clientes, proveedores, empleados, socios, pacientes, colaboradores...) estás obligado a cumplir con la LOPD. Si no la cumples, estás expuesto a fortísimas (y desporporcionadas, lo sabemos) sanciones de más de 600.000€.;
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Asociacion Profesional de Consultores en Proteccion de Datos: Radio Taxi Córdoba apercibida por la AEPD

Asociacion Profesional de Consultores en Proteccion de Datos: Radio Taxi Córdoba apercibida por la AEPD: La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dictado una resolución de apercibimiento contra Radio Taxi por "no garantizar los derec...

Una correduría, multada con 60.000 euros por vender datos de una clienta

Los acusados contrataron una póliza sin el conocimiento ni el consentimiento de la demandante, según los jueces.


El Tribunal Supremo ha impuesto una multa de 60.101 euros a los responsables de una correduría de seguros gijonesa acusados de comunicar los datos de una de sus clientas a una compañía con el fin de «contratar una póliza». Los jueces admiten, no obstante, una pequeña rebaja en la cuantía solicitada para los demandados, para los que la Agencia Española de Protección de Datos pedían en un principio una sanción de 300.000 euros. 

Los hechos que ahora acaban de ser aclarados en sede judicial se remontan al año 2002. Fue entonces cuando la compañía de seguros con la que la demandante tenía contratada una póliza decidió rescindir el contrato que la vinculaba con la correduría ahora demandada. Tras conocer la noticia, la clienta, una vecina de Gijón, decidió abandonar la empresa ahora demandada y continuar con la compañía de seguros, aunque en esta ocasión sin la intermediación de los responsables de la correduría. Los ahora condenados, por su parte y de forma paralela, contrataron una póliza con una segunda compañía, en palabras de los jueces, «sin el consentimiento de la asegurada». Para hacerlo, según la Agencia de Protección de Datos, los demandados le dieron a la nueva aseguradora todos los datos personales de la demandante.

visto en ine.es

Todavía no conozco a nadie al que le hayan pillado

Es la excusa que ponen algunos empresarios para no realizar la adaptación LOPD de su empresa. Pero igualmente, somos muchos los que no conocemos a nadie que haya estado en la cárcel y no por eso comentemos un delito puesto que  sabemos las consecuencias de cometerlo.

Con la LOPD sucede algo parecido, tal vez nunca conozcamos a nadie que sea multado pero eso no nos exime de cumplir la ley, además como solemos decir, lo barato al final sale caro y es que las sanciones que se imponen por su incumplimiento no son asequibles por ninguna Pyme o autónomo en España a día de hoy.

Lo primero que nos pedirá la agencia en caso de una inspección sera el Documento de Seguridad y en caso de que no lo tengamos estaremos incurriendo en una falta leve que será castigada con 600 € de multa. ¿Merece la pena correr ese riesgo?.